Hay muchas cosas que los Venezolanos debemos aprender
y una de ellas es la optimización del uso de la Energía en todas sus formas y utilización
con el fin de reducir la dependencia de nuestra economía del petróleo y los
combustibles fósiles.
Como buenos ciudadanos es nuestro deber elemental no
seguir basando nuestra forma de vida en una fuente de energía no renovable la
cual va agotándose cada día mas rápido además de la amenaza que representa para
nuestro medio ambiente.
Debemos entonces considerar las varias formas de lograr
beneficios para todos aprendiendo a obtener y usar los equipos disponibles y
las tecnologías desarrolladas en el área de las fuentes alternativas. No
olvidemos que Venezuela ha suscrito un acuerdo en materia de conservación del
ambiente mundial en el Protocolo de Kioto que nos obliga a realizar esfuerzos
para poder cumplir esta misión.
Y es que no es solo a nivel residencial, en nuestros
hogares, donde tenemos que realizar esfuerzos en este sentido. Las
instituciones públicas y privadas están llamadas a participar activamente en
este gran esfuerzo de ahorro energético, tales como las Universidades, centros
comerciales, alcaldías, industrias, bancos, hoteles, hospitales, y otros donde la
optimización del uso energético debe considerarse.
Más importante que el uso de las fuentes alternativas
es que aprendamos a usar con eficiencia la energía que consumimos todos los días
a veces en actividades innecesarias, consiguiendo un mínimo consumo posible de energía.
Es un reto que nos obliga a cambiar nuestro comportamiento en relación al uso
de la energía.
Pero esto no es una materia fácil de digerir, así que
necesitaremos ayuda de los expertos en la materia, nuestros ingenieros y técnicos
organizados que han decidido poner su granito de arena para lograr estos difíciles
objetivos, empezando por explicarnos los conceptos sobre la Eficiencia Energética
y luego, enseñándonos como se aplica en la practica.
Hace poco, en una reunión interna que se desarrollo en
una empresa industrial de nuestra localidad aquí en Maracaibo, un gerente
comentaba los esfuerzos que su empresa había realizado para cumplir con los
requerimientos exigidos por los decretos anunciados recientemente en materia de
ahorro energético, logrando disminuir hasta un 15% de su factura mensual y que
a pesar de eso, no pudo demostrar ante el ingeniero inspector cuales habían sido
las acciones aplicadas sobre su sistema de distribución de energía eléctrica,
no pudiendo obtener la aprobación requerida por las resoluciones del decreto.
En la Resolución
73, cumplí con los artículos 1 y 2 que dicen:
Artículo
1. La presente Resolución tiene por objeto regular y
promover el uso racional y eficiente de la energía eléctrica en los sistemas de
publicidad contenidos o promovidos en vallas y avisos publicitarios luminosos.
En tal sentido, se prohíbe el uso de lámparas, bombillas incandescentes o
halógenos en vallas y avisos publicitarios, debiendo sustituirse por lámparas y
bombillos ahorradores. Asimismo, se deberán sustituir todos los tubos fluorescentes
de Tipo T12 (40W o 20W) por tubo fluorescentes tipo T8 (32w o 17 w) utilizados
en medios publicitarios
Artículo
2. Los medios publicitarios exteriores (avisos
luminosos y vallas publicitarias) ubicados en las distintas vías públicas del
país, así como los avisos luminosos de los establecimientos y empresas, utilizados
por personas jurídicas de carácter privado, sólo podrán estar encendidos en el
horario comprendido entre las 7:00 y las 12:00 de la noche, debiendo permanecer
apagadas el resto del día. En caso de que existan razones técnicas o de
seguridad que impidan el cumplimiento de estas acciones, requiriendo
implantarse algunas distintas a las aquí expuestas, deben ser autorizadas por
este Ministerio, previa evaluación de informe presentado por el solicitante.
Artículo 4. Los
medios publicitarios exteriores procurarán sistemas para la autogeneración que
le permitan funcionar de forma independiente sin restricción de horario;
siempre y cuando estén fundamentadas en soluciones de fuentes renovables de
energía antes del 31 de diciembre de 2011. Así, el Ministerio del Poder Popular
para la Energía Eléctrica adoptará todas las medidas necesarias para incentivar
la iluminación de los medios publicitarios exteriores con células fotovoltaicas
u otras energías renovables.
En la Resolución
75 dije que mi Factor de Potencia era de 0,90, pero realmente es de 0,75, o
sea, no cumplí:
Artículo 1: La
presente Resolución tiene por objeto promover la mejora del Factor de Potencia
en los usuarios industriales, comerciales y oficiales con cargas superiores o
iguales a doscientos kilovoltio amperios (200 kVA), a fin de reducir las caídas
de tensión y aumentando la disponibilidad de potencia en la red eléctrica.
Artículo 2: Los
usuarios de los sectores Industrial, Comercial y Oficial con cargas superiores
a los doscientos kilovoltioamperio (200 kVA) que no mantengan un factor de
potencia igual o superior a un valor de 0,9 estarán sujetos a un recargo en su
facturación mensual.
En la Resolución
76 obtuve una reducción del consumo del mes de Septiembre del 2011
comparada con el consumo del mismo mes del año 2009, sin embargo no pude
demostrar como lo hice y no poseo los soportes que avalen las acciones, o sea,
no cumplí:
Artículo 1: Las
Personas Jurídicas del Sector Privado, que superen una Demanda Asignada
Contratada de un Megavoltioamperio (1 MVA), deberán realizar acciones para
mantener una reducción de al menos un diez por ciento (10%) de su consumo
mensual con respecto al mayor valor entre el consumo facturado en el mismo mes
o el consumo promedio mensual facturado, ambos referidos al año 2009.
El Ministerio del Poder Popular
para la Energía Eléctrica colocará mensualmente una etiqueta, en un sitio
visible, señalando el cumplimiento de las medidas establecidas. Adicionalmente,
el incumplimiento de las medidas acarreará un recargo tarifario de un diez por
ciento (10%) sobre la factura del mes correspondiente y cinco por ciento (5%)
adicional por cada reincidencia.
Artículo 2. Las
Personas Jurídicas del Sector Privado, con cargas entre doscientos
kilovoltioamperio (200 kVA) y un Megavoltioamperio (1 MVA), deberán acometer
acciones para mantener una reducción de al menos un diez por ciento (10%) de su
consumo mensual con respecto al mayor valor entre el consumo facturado en el
mismo mes o el consumo promedio mensual facturado, ambos referidos al año 2009.
El Ministerio del Poder Popular para la Energía Eléctrica colocará mensualmente
una etiqueta, en un sitio visible, señalando el cumplimiento de las medidas
establecidas.
Artículo 3.
Quedan exceptuados del cumplimiento de las metas establecidas en el Artículo 1
de esta Resolución, los siguientes sectores:
Servicios de Atención Médica,
Sanidad e Higiene
Producción y Distribución de agua
Potable
Producción y Distribución de
Hidrocarburos y sus derivados, gas y otros combustibles
Seguridad Ciudadana, Cuerpos
Policiales y de Protección Civil
Recolección y Tratamiento de
Desechos Sólidos
Transporte Público Terrestre,
Aéreo, y Marítimo, así como el control del tráfico aéreo.
Servicios de
Telecomunicaciones
Servicios informativos, de
prensa, radio y la televisión
Educación: Colegios y
Universidades
Sistemas de control del tránsito
terrestre: Semáforos
Seguridad alimentaria
Embajadas y sedes diplomáticas
Todos aquellos casos adicionales
que el Ministerio del Poder popular para la Energía Eléctrica considere necesario
incluir.
Los usuarios correspondientes a
estos sectores deberán entregar un Plan de Uso Eficiente de la Energía
Eléctrica en el que establezcan claramente sus metas de reducción de consumo,
debidamente consensuado con el Ministerio del Poder Popular para la Energía
Eléctrica, Dirección General de Gestión del Uso de la Energía.
Artículo 5. Los
consumos de electricidad a los que se refiere esta Resolución corresponden a un
período de facturación de treinta (30) días calendario. En los casos en que los
períodos reales de facturación sean distintos de Las cinco resoluciones
del ministerio del poder popular para la
energía eléctrica éste, debe calcularse linealmente el consumo equivalente para
treinta (30) días, con el objeto de establecer una misma base de comparación.
Artículo 6. Las
instalaciones de autogeneración de las instituciones del Sector Privado deberán
ponerse en funcionamiento en los horarios de mayor demanda del Sistema
Eléctrico Nacional, que se comprende entre 11:00 y 16:00 y entre 18:00 y 22:00
horas.
Artículo 7. Las
instalaciones de Cargas concentradas superiores a 100 kVA deberán instalar
capacidad de autogeneración antes del 31 de diciembre de 2011, y colocarla en
funcionamiento en los horarios Establecidos en el Artículo 6.
Artículo 8. El
incumplimiento consecutivo y reiterado de las
obligaciones impuestas por la presente Resolución acarreará suspensión
del suministro de energía eléctrica, hasta tanto el Ministerio del Poder
Popular para la Energía Eléctrica dictamine las medidas y acciones que deberá
ejecutar el usuario para orientar su conducta en cuanto a patrones de uso
racional y eficiente de la energía eléctrica.
Artículo 9. El
Ministerio del Poder Popular para la Energía Eléctrica y la Corporación
Eléctrica Nacional, podrán realizar inspecciones periódicas para verificar la
adecuada aplicación de las medidas de
eficiencia energética, el cálculo de los índices de ahorro energético,
así como la aplicación de los planes propuestos.
El Ministerio del Poder Popular
para la Energía Eléctrica y la
Corporación Eléctrica Nacional proporcionarán a los usuarios material
informativo, manuales técnicos sobre el
uso eficiente de la energía,
cursos de capacitación y la asesoría técnica necesaria a objeto de
garantizar la eficacia y sostenibilidad de las medidas adoptadas a través de esta
Resolución.
Como podemos apreciar, los conceptos y aplicaciones de
las acciones para lograr los objetivos requeridos por las resoluciones no son
tan fáciles de lograr a través de esfuerzos no soportados por técnicos e
ingenieros especializados en esta materia por lo que los invitamos a buscar asesoría
técnica calificada, bien sea de los organismos del estado como CORPOELEC y el
MPPPEE, o contratar a las personas o empresas de Servicio Técnico que están preparadas
para prestar ayuda en esta materia.
Un equipo de medición será
necesario utilizar para registrar la data completa del consumo eléctrico, de
todos los parámetros para realizar los cálculos y análisis y para soportar los
informes técnicos que son requeridos por los inspectores representantes del
MPPPEE. Por supuesto, dependiendo del tipo de industria e instalaciones de la
red de distribución eléctrica y del tipo de tecnología, se utilizarán formas
distintas para medir la Eficiencia Energética.
En algunos casos será necesario
instalar sistemas de cogeneración de energía que es una técnica en la que se
aprovecha el calor residual como por ejemplo, el vapor caliente que sale de una
instalación tradicional, como podría ser una turbina de producción de energía
eléctrica, que generalmente dejan que el vapor residual se enfríe. Con la Cogeneración,
se aprovechan estos vapores para calentar agua, cocinar o usar en otros
procesos industriales.
Esta técnica se emplea cada vez más
en industrias, hospitales, hoteles y, en general, en instalaciones en las que
se produce vapor o calor, porque supone importantes ahorros energéticos y por
tanto económicos, que compensan las inversiones que hay que hacer para
instalarla.
Tanto personas naturales
como las personas jurídicas podrían estar interesadas en recibir adiestramiento
y conocimientos mediante cursos, talleres o charlas con el fin de ayudar y
concientizar a otros usuarios que así lo requieran, por lo que existen empresas
consultoras que prestan este servicio, bien sea dictando charlas cortas sobre
el ahorro de la energía, de medio día, o sea, 4 horas máximo, bien sea dictando
talleres de optimización de la energía con duración de 1 a 2 días, bien sea
prestando soporte sobre las auditorias energéticas (Resolución 77)para darle las herramientas al participante en cada
uno de los casos en que apliquen las resoluciones.
El personal de una empresa,
industria, comercio, residencia, todos deben ser concientizados, ya que el
ahorro energético es tarea de todos y cada uno de nosotros, es nuestro deber
adaptarnos a este patrón de conducta.
Para recibir apoyo técnico sobre
este tema de la Eficiencia Energética puede consultarnos a los siguientes números
telefónicos:
·
0261-7653264
/ 0416-6662790 (VERCONCA CONSTRUCCIONES)
·
0261-7865581
/ 0416-1555284 / 0414-6463057 (NORBRICA)